Términos y Condiciones

Requerimientos para alquiler

Requerimientos Básicos:

  • Todo cliente debe presentar una licencia de conducir vigente y una tarjeta de crédito (Visa, MasterCard o American Express) con el mismo nombre que la licencia.
  • Edad mínima 22 años. Edad mínima de 23 a 24 años (para clientes internacionales) con una tarjeta de crédito, la cual tendrá un cargo extra. El cargo para clientes con edades desde 22 a 24 años será de $25 por día y agregar el Paquete de Protección Premium. Clientes con edades de 22 años pueden alquiler hasta categoría Sedanes y con edades desde 23 a 24 pueden alquiler hasta categoría SUV Compacta (CFAR).
  • Depósito de Garantía de acuerdo a la categoría del auto de alquiler. El Depósito de Garantía será solicitado en su tarjeta de crédito.
  • Pasaporte vigente.
  • Tarjeta De Crédito Visa, MasterCard o American Express. El conductor principal deberá presentar una tarjeta de crédito a su nombre para retirar el vehículo. La tarjeta deberá disponer de fondos suficiente para cubire el depósito/franquicia que le bloquearán hasta que finalice el alquiler. Deberá utlizar la misma tarjeta para pagar los impuestos locales, los extras solicitados en su reseva o cualquier otro servicio adicional que decida contratar localmente.
  • Licencia de conducir válida.
  • El kilometraje es ilimitado.
  • Tarifas sujetas a cambio sin previo aviso.
  • Impuestos incluidos en las tarifas.
  • Paquete de protección Basico es obligatoria y esta incluido los precios cotizados.

Políticas

Uso del Vehículo: Solo se permite conducir en Panamá.

Tarjetas de Debito: Tarjetas de débito con el logo de Visa o MasterCard son aceptadas al momento del alquiler el vehículo.  Para su protección el Paquete de Protección Premium(Premium),  será una condición necesaria para el alquiler. Será necesario obtener un deposito de alquiler en la tarjeta más el total del alquiler según la categoría de auto.

Conductores Adicionales: Todos los conductores adicionales deben portar una licencia vigente y tendrán un cargo de $5.00 por día. No pueden ser agregados  conductores adicionales con edades entre 22 y 24 años.

Política para Reservaciones: Se mantiene toda reservación hasta dos horas después de la hora prevista para la reservación. Puede llamar o enviar un email para cambiar la hora de salida y su reserva será establecida.  Después de las dos horas la reservación será considerada un “No-Show” y es posible que la reserva no se pueda mantener dependiendo de la disponibilidad de los autos.

Cargos por días Extra: Todas las tarifas son garantizadas por la duración del contrato original.  Si el vehículo no es retornado en la fecha del contrato original existirán cargos adicionales por los días extra.  Si desea extender el contrato, debe llamarnos para autorización y dependerá de la disponibilidad.

Cargo de Aeropuerto: El cliente debe pagar un cargo de 12% en concepto de cargo aeroportuario en los contratos abiertos en el Aeropuerto internacional de Tocumen, y un 6%  en concepto de Cargo aeroportuario en los contratos abiertos desde el Aeropuerto de David Enrique Malek o desde el Aeropuerto de Albrook.

Otros productos Disponibles: Dollar Car Rental ofrece los siguientes productos de necesitarlos: WiFi / Asientos de Bebe / Panapass / Accesorios. Los precios varían según disponibilidad.

Otros Cargos: Existe un cargo obligatorio de 7% de Impuestos de Consumo (I.T.B.M) sobre el total del contrato.

 

Términos y Condiciones – Protecciones

CLÁUSULAS DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO  

Entre los suscritos, Panama Car Rental, S.A. en adelante LA ARRENDADORA y la(s) persona(s) natural (es) o jurídica(s) señalada(s) en este contrato en adelante EL ARRENDATARIO, celebran este contrato de arrendamiento, el cual consta de las siguientes cláusulas:

PRIMERA: 

Objeto: Este contrato de arrendamiento recae sobre EL VEHÍCULO descrito en el contrato de arrendamiento junto con sus herramientas, piezas y accesorios (en adelante EL VEHÍCULO), el cual se entrega a EL ARRENDATARIO en un buen estado mecánico, de chapistería, tapicería y de funcionamiento.

SEGUNDA: 

Condiciones de los conductores: Todo conductor de EL VEHÍCULO deberá ser mayor de veinte años (20), ser sujeto de derechos y obligaciones, poseer licencia de conducir y tener ingresos por más de US 500.00 mensuales. En caso de que EL ARRENDATARIO sea una persona natural debe reunir estos requisitos.

TERCERA: 

Duración: El contrato de arrendamiento iniciará al ser entregado EL VEHÍCULO por parte de LA ARRENDADORA y culminará en la fecha indicada en el contrato de arrendamiento. En caso de que EL ARRENDATARIO desee extender el plazo de duración del contrato de arrendamiento, tendrá que notificar antes del vencimiento de este para que sea autorizado por LA ARRENDADORA. De no ser autorizado por LA ARRENDADORA, EL ARRENDATARIO tendrá que devolver EL VEHÍCULO en la fecha indicada en el contrato de arrendamiento o en la que indique LA ARRENDADORA. En caso de que EL ARRENDATARIO no devuelva EL VEHÍCULO en la fecha estipulada o que haya obtenido el mismo mediante fraude o falsas declaraciones, o que se esté utilizando con fines ilícitos, se considerará que no está utilizando EL VEHÍCULO con la debida autorización de LA ARRENDADORA, por lo que ésta podrá proceder civil o penalmente en contra de EL ARRENDATARIO y podrá recuperar EL VEHÍCULO del lugar en donde se encuentre sin que ello haga que incurra en responsabilidad por la pérdida del cualquier valor u objeto dentro de EL VEHÍCULO.

Queda entendido que los gastos en que incurra LA ARRENDADORA para la recuperación del bien serán cargados AL ARRENDATARIO. LA ARRENDADORA se reserva el derecho de recuperar la posesión de EL VEHÍCULO en cualquier momento y lugar en que se encuentre, sin previa solicitud y a su sola opción, cuando en su opinión haya contravención al contrato de arrendamiento, se esté violando la ley o exista algún posible riesgo de pérdida o deterioro del vehículo. Si EL ARRENDATARIO incumple con el período estipulado en el contrato de arrendamiento, quedarán sin efecto ni tendrán validez las coberturas o cualquier otro beneficio ofrecido, aceptado y pagado por EL ARRENDATARIO.

EL ARRENDATARIO no podrá mantener arrendado EL VEHÍCULO por un período mayor de 30 días calendarios con un mismo contrato de arrendamiento. Para arrendar un auto por más de 30 días calendarios, EL ARRENDATARIO tendrá que apersonarse a las oficinas con EL VEHÍCULO para firmar un nuevo contrato de arrendamiento.

CUARTA: 

Valor del contrato: EL ARRENDATARIO pagará a LA ARRENDADORA por razón del uso normal de EL VEHÍCULO, impuestos, relevo parcial de responsabilidad contra daños, cobertura de gastos médicos, colisión, robo, daños a terceros; reparaciones, deducibles, gasolina y otros, la cantidad de Dólares Americanos que corresponda según las tarifas y cargos especificados en el contrato de arrendamiento, calculados hasta la devolución de EL VEHÍCULO a satisfacción de LA ARRENDADORA.

EL ARRENDATARIO deberá pagar todas las multas, derechos de estacionamiento y cualquier otro gasto que se le imponga por infracciones de la ley de tránsito y su reglamento, cargo de consumo de Panapass producto del uso de los corredores Sur y Norte, así como también por gastos de servicio grúa, mula o remolque, daños y reclamos presentados por terceros, costos de investigaciones, gastos judiciales o extrajudiciales, honorarios de abogados y peritos, etc., y deberá reembolsar a LA ARRENDADORA en caso de que por su incumplimiento ésta deba afrontar daños por este concepto.

QUINTA: 

Depósito de Garantía: EL ARRENDATARIO a fin de garantizar las obligaciones que emanan de este contrato de arrendamiento, se obliga a depositar como garantía la suma indicada en el contrato de arrendamiento.

EL ARRENDATARIO faculta a LA ARRENDADORA a disponer total o parcialmente del depósito, sin necesidad de previo aviso o alguna otra formalidad por efectivo o mediante de tarjeta de crédito o cualquier documento que esta acepte. En caso de que por el incumplimiento del contrato de arrendamiento EL ARRENDATARIO cause gastos o perjuicios de una suma mayor que la señalada en el depósito de garantía, este está obligado a cancelar la diferencia, por lo que se autoriza a LA ARRENDADORA a descontar de la tarjeta de crédito dada en garantía el total de los cargos.

SEXTA: 

Pago de cargos de arrendamiento:

  1. Todos los cargos están sujetos a un audito final. Si son descubiertos errores, EL ARRENDATARIO está obligado a cancelar las sumas vencidas debidamente corregidas. Si EL ARRENDATARIO acuerda hacer pago mediante una tarjeta de crédito, LA ARRENDADORA está autorizada a corregir los cargos con el emisor de la tarjeta. Si EL ARRENDATARIO utiliza una tarjeta de crédito para pagar por cargos vencidos bajo acuerdo, un monto razonable de crédito podrá ser reservado por el emisor de la tarjeta de crédito, por lo que EL ARRENDATARIO está consciente a la reservación de ese monto.
  2. EL ARRENDATARIO está obligado a pagar por combustible en caso de que al momento de la entrega de EL VEHÍCULO no se encuentre con el tanque lleno. Queda a discresión de LA ARRENDADORA establecer el monto a cobrar por galón de combustible. No se hace devolución de dinero en caso tal EL ARRENDATARIO regrese EL VEHÍCULO con mayor cantidad de combustible del que le fue entregado.
  3. Cualquier monto que no sea pagado a tiempo estará gravado con un interés por mora de 10% mensual o la tasa más alta de interés permitida por la ley, a opción de LA ARRENDADORA.

SÉPTIMA: 

Obligaciones del arrendatario: EL ARRENDATARIO expresamente acepta las siguientes obligaciones extensivas a los demás conductores autorizados:

Devolver EL VEHÍCULO en la fecha prevista en el contrato de arrendamiento con sus herramientas, equipos y accesorios, etc., en el mismo buen estado en que los recibió, en las oficinas autorizadas y en horas de funcionamiento de LA ARRENDADORA. No conducir EL VEHÍCULO en forma negligente o imprudente, a exceso de velocidad, bajo los efectos de bebidas embriagantes, drogas o en contravención a leyes y reglamentos de tránsito municipal o nacional. Si alguna de las luces del tablero indica mal funcionamiento de EL VEHÍCULO, EL ARRENDATARIO debe detener la marcha inmediatamente y reportarlo a LA ARRENDADORA.

– No permitir que personas distintas a las autorizadas en el contrato de arrendamiento conduzcan EL VEHÍCULO. No usar EL VEHÍCULO en competencias deportivas, pruebas de velocidad o similares concursos. No propulsar o remolcar vehículos, remolques o usarlo para transporte pagado de pasajeros, de carga o bulto que excedan la capacidad estipulada por el fabricante. No subarrendar EL VEHÍCULO a terceras personas, sean estas naturales o jurídicas.

– No usar EL VEHÍCULO en actividades políticas, manifestaciones, caravanas, marchas, desfiles durante los carnavales, motines, huelgas, guerrillas, y en general cualquier actividad ilícita o peligrosa.

No permitir la salida de EL VEHÍCULO arrendado del territorio de la República de Panamá, conducirlo sólo en carreteras transitables, nunca en trocha o camino no pavimentado. El costo de la reparación o daños por desviación o incumplimiento de esta regla será cargado AL ARRENDANTARIO. Informar inmediatamente a LA ARRENDADORA si el odómetro (cuenta kilómetro) deja de operar correctamente. De no hacerlo, si hay violación del sello de desconexión del odómetro, EL ARRENDATARIO acepta que se cobre el importe de 150 Kilómetros máximos por día a razón de 0.30 (treinta centavos) por cada kilómetro. Queda entendido y aceptado por EL ARRENDATARIO que el precio pactado en este contrato de arrendamiento incluye un kilometraje libre de 150 kilómetros por día. LA ARRENDADORA se reserva el derecho de cobrar por consumo de kilometraje por encima de los 150 kilómetros al día a razón de 0.30 (treinta) centavos por kilómetro. Ser prudente en el cuidado de EL VEHÍCULO. EL ARRENDATARIO debe retirar las llaves de la ignición, cerrar con llave, no abandonar EL VEHÍCULO en lugares sin resguardo, estacionar sólo en lugares apropiados, no entregar llaves a personas no contempladas en el contrato de arrendamiento.

OCTAVA: 

Obligaciones de EL ARRENDATARIO en caso de accidente, pérdida, robo o apropiaciones indebidas: EL ARRENDATARIO se obliga en estos casos a lo siguiente:

  1. Informar personalmente y por escrito a LA ARRENDADORA dentro de 12 horas de ocurrido el hecho con una reseña de este e identificando a terceros involucrados con sus datos personales, dirección y teléfono.
  2. Obtener dentro de las 12 horas de ocurrido al hecho un parte policivo expedido por una autoridad panameña, o presentar denuncia penal según el caso. DE NO EXISTIR PARTE POLICIVO QUEDARÁN SIN EFECTO TODAS LAS COBERTURAS CONTRATADAS POR EL CLIENTE.
  3. Entregar a LA ARRENDADORA, cualquier citación, informe, demanda o documento de cualquier clase relacionada con el hecho.
  4. Abstenerse de hacer pago, celebrar arreglos y admitir responsabilidad por sí mismo o en representación de LA ARRENDADORA.
  5. Cooperar con LA ARRENDADORA y con la COMPAÑÍA ASEGURADORA en la investigación y defensa.
  6. Devolver oportunamente a LA ARRENDADORA las llaves originales de EL VEHÍCULO en buen estado.
  7. En caso de accidente de tránsito, EL ARRENDATARIO expresamente autoriza a LA ARRENDADORA para que designe a un apoderado legal ante las autoridades administrativas o judiciales y expresamente lo releva de cualquier reclamo resultante del ejercicio de esta autorización. El costo de esta representación es de $150 (ciento cincuenta) por evento, y será asumido por EL ARRENDATARIO.

 

NOVENA: 

Responsabilidad de EL ARRENDATARIO: EL ARRENDATARIO entiende y acepta que este contrato de arrendamiento lo hace directamente responsable por EL VEHÍCULO que arrienda, sus herramientas, piezas y accesorios debiendo reembolsar a LA ARRENDADORA el valor de los daños de cualquier naturaleza ocasionados a EL VEHÍCULO y ocurridos bajo cualquier circunstancia durante la vigencia de este contrato de arrendamiento. EL ARRENDATARIO pagará a solicitud de LA ARRENDADORA los gastos, pérdidas de LA ARRENDADORA, incluyendo honorarios razonables de abogados incurridos en atención judicial de cualquier accidente y lucro cesante causado por la pérdida de uso de EL VEHÍCULO. EL ARRENDATARIO deberá también reembolsar a LA ARRENDADORA el costo de EL VEHÍCULO si este es perdido, hurtado, robado u objeto de una apropiación indebida.

EL ARRENDATARIO será responsable en todo caso, aunque haya aceptado el paquete de Protección Basica (Basic) y/o paquete de Protección Premium (Premium), de daños a EL VEHÍCULO ocasionados directamente por personas, casos fortuitos, inundación y fuerza mayor, daños por colisión con objetos fijos o estando estacionados, animales, vandalismo, por el robo de partes y piezas del automóvil, volcamiento y colisión y fuga de cualquiera de los vehículos, el ARRENDATARIO pague el correspondiente deducible que asciende a B/.2,000.00 (dos mil balboas) por vehículo. Este deducible no es rembolsable bajo ninguna circunstancia. EL ARRENDATARIO, a su opción puede aceptar el beneficio de Extensión de daños a terceros

(ILP) para extender la cobertura de Responsabilidad civil y daños a la propiedad ajena con una protección de máxima de hasta B/.300,000.00 (trescientos mil balboas), limite único combinado por accidente, solo para cubrir daños a terceros de bienes y personas mediante el pago de la cobertura estipulada. SI EL ARRRENDATARIO incumple con cualquiera de los términos de este contrato de arrendamiento y muy específicamente las obligaciones establecidas en las clausulas SÉPTIMA y OCTAVA, el convenio por el pago de ILP no tendrá validez ni tendrá efecto alguno.

De igual forma el ARRENDADOR debe pagar el correspondiente deducible que asciende a B/2,000.00 (dos mil dólares).

Las lesiones y daños que puedan sufrir el conductor y cualquiera de los pasajeros de EL VEHICULO arrendado durante la vigencia de este contrato de arrendamiento, serán de responsabilidad y cuenta de EL ARRENDATARIO, librando este a LA ARRENDADORA de las consecuencias que puedan originarse.

LA ARRENDADORA ofrece sin embargo a EL ARRENDATARIO, al inicio del arrendamiento el Paquete Personal de Cobertura (PPC) amparado por una Póliza de Seguro de gastos médicos para cubrir los riesgos bajo los términos y condiciones señaladas en el anexo de este contrato la que EL ARRENDATARIO debe aceptar o rechazar con su firma en el espacio respectivo del contrato de arrendamiento y el pago de la tarifa correspondiente.

DÉCIMA 

Responsabilidad por pérdida o daño de objetos y bienes: EL ARRENDATARIO es el único responsable por la pérdida o daños que puedan sufrir los objetos, bienes o dinero dejado, depositado y/o transportados por EL ARRENDADOR o por terceros en EL VEHÍCULO arrendado o en cualquier otro VEHÍCULO de servicio de LA ARRENDADORA y en caso de que por cualquier situación, LA ARRENDADORA resultara condenada a indemnizar por tales pérdidas o daños, EL ARRENDATARIO se obliga a reembolsar a LA ARRENDADORA las correspondientes indemnizaciones, aún después de la vigencia del contrato de arrendamiento. LA ARRENDADORA ofrece sin embargo a EL ARRENDATARIO, al inicio de arrendamiento, el paquete personal de coberturas (PPC) para cubrir los bienes personales de EL ARRENDATARIO, hasta un máximo de $500.00 (quinientos balboas) por evento, (excluyendo artículos electrónicos) que EL ARRENDATARIO debe aceptar con su firma en el espacio respectivo del contrato de arrendamiento y el pago de la tarifa correspondiente. La vigencia del PPC, así como todo otro beneficio aceptado por EL ARRENDATARIO inicia y termina con la vigencia del contrato de arrendamiento y al recibo de EL VEHÍCULO arrendado en cualquiera de las instalaciones de LA ARRENDADORA o quien ella autorice.

EL ARRENDATARIO deberá presentar a LA ARRENDORA denuncia de hurto o robo para validar la aplicación del PPC. LA ARRENDADORA no se hace responsable por ningún bien u objeto dejado en el VEHÍtCULO arrendado, aunque EL ARRENDATARIO haya aceptado y pagado por el PPC, una vez el auto ha sido devuelto a LA ARRENDADORA.

DÉCIMA PRIMERA: 

Derecho de LA ARRENDADORA: Los derechos que corresponden a LA ARRENDADORA, según el contrato de arrendamiento solo podrán ser renunciados mediante declaraciones escrita firmada por el presidente de LA ARRENDADORA.

Los contratantes convienen que cualquier diferencia en la interpretación, controversia o reclamo con relación al contrato de arrendamiento deberá ser planteada únicamente ante las autoridades pertinentes de la República de Panamá renunciando EL ARRENDATARIO a cualquier otro domicilio presente o futuro. No obstante, lo anterior LA ARRENDADORA a su opción, podrá iniciar procesos judiciales en el domicilio de EL ARRENDATARIO para exigir el cumplimiento de cualquier suma adeudada a LA ARRENDADORA por razón del contrato de arrendamiento aun cuando el domicilio de EL ARRENDATARIO se encuentre en una jurisdicción diferente a la panameña.

Mediante el presente contrato de arrendamiento, EL ARRENDADOR autoriza a LA ARRENDADORA a consultar, recopilar y/o transmitir en su base de datos sus referencias de crédito como las referencias de créditos de la empresa que representa. LA ARRENDADORA esta exonerada de cualquier responsabilidad resultante dl ejercicio que esta haga de la misma.

(En cumplimiento del artículo 40 de la ley No. 24 del 22 de mayo de 2002 que regula el servicio de información sobre el historial de crédito de los consumidores o clientes).

 

NUESTRAS PROTECCIONES

Paquete de Protección Basica (Basic)

Protege el auto parcialmente.
Daños a terceros hasta $20,000
Asistencia vial

Paquete de Protección Standard (Standard)

Cubre el auto de alquiler parcialmente
Incremento de daños a terceros hasta $300,000
Gastos médicos para el conductor y sus acompañantes
Cubre gastos legales

Paquete de Protección Premium (Premium)

Cubre el auto de alquiler al 100%
Exonera el deducible
Incremento de daños a terceros hasta $300,000
Gastos médicos para el conductor y sus acompañantes
Cubre gastos legales

Cobertura de Daños a Terceros o Responsabilidad Civil – No Declinable (SLI) 

Cubre daños causados por nuestro auto a terceras partes o personas y/o propiedad privada. Esta cobertura sólo se aplicará en los casos que el cliente decline el plan básico (PCM), debido a que presente prueba de poseer seguro para alquiler de vehículos en su Tarjeta de Crédito. Solamente para clientes que tengan seguro de su tarjeta de crédito o hayan comprado seguros en páginas web de terceros. Cubre todos los daños a Terceros hasta un máximo de $20,000 siempre y cuando cumpla con lo determinado en  el contrato

Incremento de  Terceros o Responsabilidad Civil hasta $300,000 (ILP)

Esta cobertura se puede adquirir solamente  en conjunto con SLI ó PCM. Sube los límites de responsabilidad civil requerida de $20,000 hasta $300,000.

Cobertura Completa Aseguradora (CCA)

Sólo para clientes de Aseguradoras.   Exime al Asegurado de pagar el deducible de su Póliza hasta el monto máximo de $2,000.00*
Cubre llantas, copas, rines, parabrisas y daños causados contra objetos fijos.
Incluye ERA.

Cobertura de Asistencia Vial (ERA)

Este programa es automático y elimina cualquier costo de servicios de asistencia vial.  Cubre el encendido por descarga de batería (jump-start), asistencia para cambio de llantas (no cubre daños a la llanta), pérdida de llave (no cubre el cambio de cilindro), grúa en casos comprobados de inmovilidad, hasta $150.00.  Este programa es completamente opcional, no obstante es altamente recomendado.

Cobertura de Plan de Protección Personal (PPC)

Cubre gastos médicos a los pasajeros del auto alquilado, (de acuerdo a la capacidad de asientos del vehículo). La cifra máxima a cubrir por cada pasajero $1000 (Mi Balboas). Esta cobertura incluye además una póliza de vida para el conductor principal y sus ocupantes, en casos de accidentes de tránsito. La póliza para el conductor principal es de $25.000 (Veinticinco mil Balboas) y para sus pasajeros de $10.000 (Diez mil Balboas).  Artículos personales hasta $500 por persona (excluye todo artículo electrónico, joyas, celulares etc.) cliente debe presentar evidencias o declaración de pérdidas y debe presentar la denuncia debidamente tramitada antes las autoridades en un lapso no mayor de 24 horas. Incluye igualmente gastos médicos por accidentes de tránsito con el vehículo rentado durante el período de alquiler estipulado en el contrato. Estos gastos médicos serán reembolsados una vez se presente reporte y factura de la colisión.

Servicios de Viajes de Emergencia / Emergency Travel Services (ETS)

En caso de emergencias el programa ETS cubre  el pago de todos los gastos de transporte necesarios para su traslado hacia un hospital o  centro de atención, incluyendo su país de origen o destino.

Legal Fees en Tickets (LFT)

Incluye representación legal en audiencias y honorarios del abogado cuyo costo regular  es de $150.00.  Cubre el pago de boletas de estacionamientos  y  pago boletas o infracciones de tránsito regulares. No cubre gastos en casos de negligencia como por ejemplo exceso de velocidad, hablar por celular mientras se conduce, influencia del alcohol o de sustancias ilícitas y estacionarse en áreas de discapacitados.

¿Qué invalida estas coberturas?

  • Permitir que personas no autorizadas en el contrato conduzcan el vehículo, de lo contrario las coberturas pierden validez automáticamente. Si la devolución del auto la realiza un conductor no autorizado se realizará un cobro de $250 al cierre del contrato
  • Conducir EL VEHÍCULO en forma negligente o imprudente, a exceso de velocidad, bajo los efectos de bebidas embriagantes, drogas o en contravención a leyes y reglamentos de tránsito municipal o nacional
  • Conducir a exceso de velocidad comprobada por gps
  • Objetos que caigan de la carretera
  • Casos fortuitos
  • Colisión contra semovientes, en soltura o amarrados
  • Conducir por carreteras no pavimentadas, de difícil acceso, fincas privadas o similar
  • Conducir el vehículo fuera de los límites de la República de Panamá
  • Montar el vehículo a un Ferry
  • Utilizar el vehículo con fines comerciales, cobrando por el transporte de pasajeros o mercancía
  • Utilizar el vehículo para violar la ley o cometer actos ilícitos
  • No presentar parte policivo o darse arreglo amistoso entre las partes
  • Incurrir en  engaño al presentar su declaración en el Reporte de daños
  • Los casos fortuitos no están cubiertos ejemplo:
  • Colisión con objeto u otro vehículo  en estacionamientos privados
  • Caída de objetos contundentes sobre el vehículo ocasionando daños
  • Colisión con animales
  • Colisión y fuga sin presentar parte policivo o denuncia ante DIJ
  • Alquileres vencidos(Overdue)

Se ofrecen distintos paquetes coberturas, básicas y completas,  no se ofrece un paquete de cobertura total ya que existen tipos de incidentes y casos fortuitos que no están incluidos dentro de las coberturas que ofrecemos.

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